Acerca de los trámites migratorios y viajes al exterior por asuntos particulares a partir del 14 de enero del 2013
| Organismo: MININT |
| Entidad: Dirección de Inmigración y Extranjería |
| Trámite: Acerca de los trámites migratorios y viajes al exterior por asuntos particulares a partir del 14 de enero del 2013. |
| Actualizado: 16-10-2012 |
| Descripción: Información sobre trámites migratorios.
I.SOBRE TRÁMITES MIGRATORIOS Y VIAJES AL EXTERIOR POR ASUNTOS PARTICULARES DE CIUDADANOS CUBANOS RESIDENTES EN CUBA. 1.SOBRE LOS PASAPORTES CORRIENTES POR ASUNTOS PARTICULARES DE CIUDADANOS CUBANOS RESIDENTES EN CUBA. El pasaporte corriente es válido por 2 años, prorrogables por igual término hasta un total de seis años; agotado este tiempo se deberá tramitar la expedición de un nuevo pasaporte. Cuando se produzca pérdida, se agoten sus páginas, o se dañen o pierda su valor identificativo se requerirá de un nuevo pasaporte. Los ciudadanos cubanos residentes en Cuba que interesen obtener un pasaporte o prorrogar el actual deben solicitarlo personalmente en las actuales oficinas del Carné de Identidad y Registro de Población del Ministerio del Interior y en las Oficinas de Trámites del MININT en las provincias de Artemisa, Mayabeque y el MEIJ. Para solicitar pasaporte por primera vez debe presentar: •Carné de Identidad o Tarjeta de Menor Para renovar el pasaporte por deterioro, vencimiento, pérdida o agotamiento de páginas debe presentar: •Carné de Identidad o Tarjeta de Menor. Para prorrogar el pasaporte por tener más de dos años de su emisión o de la prórroga anterior debe presentar: •Carné de Identidad o Tarjeta de Menor Para actualizar el pasaporte, por haber sido expedido antes de la vigencia de las nuevas medidas debe presentar: •Carné de Identidad o Tarjeta de Menor La actualización del pasaporte se solicita sin gravamen alguno. Los pasaportes expedidos ante de la vigencia de las nuevas medidas, que tengan estampados permisos de salida vigente, no requieren de su actualización. 2.SOBRE LOS DOCUMENTOS QUE SE REQUIEREN PARA LA SOLICITUD DE PASAPORTE DE MENORES DE 18 AÑOS DE EDAD. Los padres o representantes legales de los menores de 18 años de edad o incapacitados, deben cumplimentar además, los siguientes requisitos: •Acta de consentimiento de salida realizado por ambos padres o representantes legales ante notario público. •En los casos donde uno o ambos padres o representantes legales se encuentren en el exterior de visita, con residencia en el exterior o por asuntos de trabajo o de estudio, se presenta el acta de consentimiento de salida, realizada ante las representaciones diplomáticas o consulares cubanas u otras oficinas cubanas expresamente autorizadas. •El acta de consentimiento de salida será válida mientras uno de los padres, el tutor o representante legal presente solicitud de revocación en la oficina de trámites del Ministerio del Interior. 3.SOBRE LOS VIAJES AL EXTERIOR POR ASUNTOS PARTICULARES DE LOS CIUDADANOS CUBANOS RESIDENTES EN CUBA. Para la salida del país debe presentar en el control migratorio de la frontera: •Pasaporte corriente válido y expedido a su nombre y la tarjeta de embarque y desembarque (TED). 4.SOBRE LA ESTANCIA EN EL EXTERIOR POR ASUNTOS PARTICULARES DE LOS CIUDADANOS CUBANOS RESIDENTES EN CUBA. Los cubanos que viajen con pasaporte corriente pueden permanecer en el extranjero hasta 24 meses, contados a partir de la fecha de salida del país. Se podrá solicitar ante las representaciones diplomáticas o consulares cubanas u otras oficinas cubanas expresamente autorizadas permanecer en el exterior por un tiempo superior a 24 meses, cuando: •Por causas justificadas se ven imposibilitados de regresar al país en ese término, •Requieran trasladar su residencia al exterior de forma indefinida por mantener una unión matrimonial, formalizada o no, con ciudadano extranjero, o por otras situaciones familiares y humanitarias excepcionales. 5.ASPECTOS GENERALES. Para la solicitud de expedición, prórroga o actualización del pasaporte corriente se requiere la presencia física del interesado. Las solicitudes de pasaportes o de prórrogas que se requieran durante la permanencia de su titular en el exterior se presentan en las representaciones diplomáticas o consulares cubanas u otras oficinas cubanas expresamente autorizadas. El pago del impuesto por concepto de expedición de pasaporte será de 100 CUC y de 20 CUC cada prórroga. El pago de impuesto se realizará en las agencias bancarias del territorio nacional. II.SOBRE LOS VIAJES AL EXTERIOR DE EXTRANJEROS RESIDENTES TEMPORALES Y PERMANENTES EN CUBA: Para la salida del país debe presentar en el control migratorio de la frontera: •Pasaporte y carné de identidad o tarjeta de menor de extranjero, vigentes, Podrán permanecer en el exterior, contados a partir de la fecha de salida, hasta 180 días los residentes temporales y 365 días los permanentes. En caso de requerir una estancia superior podrán solicitar una prórroga en la representación diplomática o consular cubana u otra oficina cubana expresamente autorizada. Cuando no cuenten con las prórrogas establecidas deberán presentar la visa correspondiente para entrar al país, excepto los ciudadanos de países con los cuales Cuba tiene suscritos convenio de exención de visado. DIRECCIÓN DE INMIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA |
Solicitud de Cambio de Clasificación Migratoria a Residente Permanente
| Organismo: MININT |
| Entidad: Dirección de Inmigración y Extranjería |
| Trámite: Solicitud de Cambio de Clasificación Migratoria a Residente Permanente. |
| Actualizado: 07-03-2008 |
| Descripción: Como norma este trámite debe solicitarse en el consulado cubano, excepcionalmente se recepciona la solicitud en el territorio nacional y en este caso los extranjeros deben presentar:
Certificado de nacimiento de los hijos del ciudadano extranjero con residentes cubanos que no hayan formalizado matrimonio. Para los menores, hijos de extranjeros. Todos los documentos emitidos en el exterior tienen que ser legalizados en nuestros Consulados en el país de residencia del solicitante. Días de atención: Martes, Jueves y Viernes Nota: Los trámites de Extranjería en Ciudad de La Habana se solicitan en calle Factor y Final, Nuevo Vedado, Plaza de la Revolución. Además, en la Villa Tarará, Habana del Este, se pueden realizar trámites de prorrogas de estancia en Cuba de extranjeros que permanecen en el país en calidad de turistas. |
Solicitud de Cambios de Clasificación Migratoria a Visa Familiar
| Organismo: MININT |
| Entidad: Dirección de Inmigración y Extranjería |
| Trámite: Solicitud de Cambios de Clasificación Migratoria a Visa Familiar |
| Actualizado: 07-03-2008 |
| Descripción: Cambios de Clasificación Migratoria a Visa Familiar. (se incluye las otorgadas por concepto de amistad)
El cambio de clasificación migratoria a visa A-2 por concepto de familia recibe una respuesta expedita cuando se trata de extranjeros que viajan al país solos, o en compañía de su cónyuge e hijos menores o incapacitados para visitar a sus padres, hijos, cónyuge o hermanos residentes en Cuba. En el caso de los acompañantes extranjeros de emigrados cubanos que ingresan al territorio nacional sin el visado correspondiente (A-2 Consular) se le realiza el cambio de clasificación migratoria ajustado al término de estancia del cubano no residente. Para el Cambio de Clasificación Migratoria para visa A-2 por concepto de amistad, el término de respuesta es de 3 días hábiles a partir de la solicitud de trámite. Los extranjeros deben presentarse con el titular de la vivienda y portar propiedad de la misma y su carné de identidad. Los extranjeros presentarán los siguientes documentos: ? Pasaporte vigente. El término de estancia en el país es de 30 días prorrogables por igual periodo, excepto los acompañantes de titulares de Permiso de Residencia en el Exterior y Permiso de Salida Indefinida, a quienes se le equipara la estancia a la del ciudadano cubano portador de estos permisos. Días de atención: Lunes, Martes, Jueves y Viernes |
Solicitud de Pasaporte Corriente de los cubanos residentes en Cuba que viajan por asuntos particulares
| Organismo: MININT |
| Entidad: Dirección de Inmigración y Extranjería |
| Trámite: Solicitud de Pasaporte Corriente de los cubanos residentes en Cuba que viajan por asuntos particulares. |
| Actualizado: 17-09-2010 |
| Descripción: Se requiere la presencia física del interesado, acompañado de:
Carné de Identidad o Tarjeta de Menor actualizada. Nota de interés sobre pasaportes: Los pasaportes corrientes son válidos por 2 años y prorrogables por 2 años más, dos veces consecutivas, hasta completar 6 años de vigencia total. Agotado este tiempo se renovará mediante la expedición de uno nuevo. También serán renovados cuando se produzcan pérdidas o se agoten sus páginas útiles, se dañen o pierdan el valor identificativo. |
Solicitud de Permiso de Emigración
| Organismo: MININT |
| Entidad: Dirección de Inmigración y Extranjería |
| Trámite: Solicitud de Permiso de Emigración |
| Actualizado: 17-09-2010 |
| Descripción: Para presentar solicitud de emigración se requiere la presencia física del interesado acompañado de:
Carné de Identidad o Tarjeta de menor actualizada. Nota: De no poseer visa podrá iniciarse la solicitud de emigración sin el cumplimiento de los requisitos exigidos, debiendo para ello solo presentar documento de identidad y modelos de solicitud. |
Solicitud de Permiso de Regreso Definitivo de Extranjeros residentes permanentes
| Organismo: MININT |
| Entidad: Dirección de Inmigración y Extranjería |
| Trámite: Solicitud de Permiso de Regreso Definitivo de Extranjeros residentes permanentes |
| Actualizado: 17-09-2010 |
| Descripción: Para presentar solicitud de Regreso Definitivo se requiere la presencia física del interesado acompañado de:
Carné de Identidad o Tarjeta de menor actualizada. Carta del centro laboral o estudiantil firmada por el Director de encontrase vinculado al trabajo o estudio. |
Solicitud de Permiso de Residencia en el Exterior (PRE)
| Organismo: MININT |
| Entidad: Dirección de Inmigración y Extranjería |
| Trámite: Solicitud de Permiso de Residencia en el Exterior (PRE): |
| Actualizado: 17-09-2010 |
| Descripción: Se requiere la presencia física del interesado, acompañado de:
Carné de Identidad o Tarjeta de Menor actualizada. En el caso de los que solicitan este permiso para residir con familiares allegados que poseen el mismo, deben presentar además Carta de Invitación, válida por un año a partir de la fecha de expedición. |
Solicitud de Permiso de Viaje al Exterior por asunto particular (PVE)
| Organismo: MININT |
| Entidad: Dirección de Inmigración y Extranjería |
| Trámite: Solicitud de Permiso de Viaje al Exterior por asunto particular (PVE) |
| Actualizado: 17-09-2010 |
| Descripción: Se otorga por 30 días, prorrogables por igual término, hasta completar 11 meses de estancia en el exterior contados desde su salida de Cuba. Se requiere la presencia física del interesado, acompañado de:
·Carné de Identidad o Tarjeta de Menor actualizada. |
Solicitud de Prórroga de Pasaporte Corriente
| Organismo: MININT |
| Entidad: Dirección de Inmigración y Extranjería |
| Trámite: Solicitud de Prórroga de Pasaporte Corriente. |
| Actualizado: 17-09-2010 |
| Descripción: Se requiere la presencia física del interesado, acompañado de:
·Carné de Identidad o Tarjeta de Menor actualizada. |
Solicitud de prórrogas de estancia en Cuba de extranjeros y cubanos residentes en el exterior
| Organismo: MININT |
| Entidad: Dirección de Inmigración y Extranjería |
| Trámite: Solicitud de prórrogas de estancia en Cuba de extranjeros y cubanos residentes en el exterior. |
| Actualizado: 18-04-2008 |
| Descripción: Para la solicitud de prórroga el interesado debe presentar:
? Pasaporte vigente. El término de estancia es de 30 días prorrogables hasta 60 días. |
Solicitud de Registro de Estancia
| Organismo: MININT |
| Entidad: Dirección de Inmigración y Extranjería |
| Trámite: Solicitud de Registro de Estancia. |
| Actualizado: 07-03-2008 |
| Descripción: Se ejecuta de manera expedita a los extranjeros que ingresan al país con visa A-2 o por pérdida de la visa.
Documentos que deben presentar: ? Pasaporte vigente. Días de atención: Lunes, Martes, Jueves y Viernes |
Solicitud de Trámite de Salida para Menores de edad
| Organismo: MININT |
| Entidad: Dirección de Inmigración y Extranjería |
| Trámite: Solicitud de Trámite de Salida para Menores de edad. |
| Actualizado: 17-09-2010 |
| Descripción: Los menores de edad, para los trámites de salida del país descritos con anterioridad, presentarán además: Certificación de Nacimiento con fecha de asiento. Acta de Consentimiento para la salida del país realizada ante nuestros Funcionarios Consulares si uno o |
Solicitud de Trámites de Cuidadanía
| Organismo: MININT |
| Entidad: Dirección de Inmigración y Extranjería |
| Trámite: Solicitud de Trámites de Cuidadanía |
| Actualizado: 17-09-2010 |
| Descripción: Para las Certificaciones de Ciudadanía y Extranjería deberán presentar:
Planilla con el nombre y apellidos del extranjero. Para el expediente de certificado de nacionalidad cubana deberán presentar: Solicitud del interesado. Para el expediente de recuperación de ciudadanía de origen deberán presentar: Solicitud del interesado. Para el expediente de ciudadanía cubana por naturalización, deberán presentar los documentos siguientes: Solicitud personal. Los trámites de Ciudadanía en Ciudad de La Habana se presentan en las Secciones Territoriales de Inmigración y Extranjería y en el resto del país en las Secciones Provinciales de Inmigración y Extranjería. El horario de atención es los días Lunes y Miércoles de 08:00 a 19:00 horas; Martes y Viernes de 08:00 a 17:00 horas y los Jueves y Sábados se atiende entre las 08:00 y las 12:00 horas. |
Solicitud para el expediente de ciudadanía cubana por naturalización
| Organismo: MININT |
| Entidad: Dirección de Inmigración y Extranjería |
| Trámite: Solicitud para el expediente de ciudadanía cubana por naturalización |
| Actualizado: 07-03-2008 |
| Descripción: Para el expediente de ciudadanía cubana por naturalización, deberán presentar los documentos siguientes:
? Solicitud personal, Nota: Todos los trámites de Ciudadanía, en Ciudad de La Habana, se presentan en la Oficina de Atención a la Ciudadanía sita en calle 22 No. 301, esquina a 3ra., Miramar, Playa. |
Solicitud para el expediente de recuperación de ciudadanía de origen
| Organismo: MININT |
| Entidad: Dirección de Inmigración y Extranjería |
| Trámite: Solicitud para el expediente de recuperación de ciudadanía de origen |
| Actualizado: 07-03-2008 |
| Descripción: Para el expediente de recuperación de ciudadanía de origen deberán presentar:
? Solicitud del interesado. |
Solicitud para las Certificaciones de Ciudadanía y Extranjería
| Organismo: MININT |
| Entidad: Dirección de Inmigración y Extranjería |
| Trámite: Solicitud para las Certificaciones de Ciudadanía y Extranjería |
| Actualizado: 07-03-2008 |
| Descripción: Para las Certificaciones de Ciudadanía y Extranjería deberán presentar:
? Planilla con el nombre y apellidos del extranjero. |




Pingback: Actualiza Cuba su política migratoria (+PDF) | Cuba nos une
Pingback: Muchas Cuba en una Cuba: actualizada política migratoria | Visión desde Cuba
Donde encuentro el listado de paises con los que no se necesita visa para viajar desde cuba despues del 14 de enero.
donde encuentro la lista de paises que no requieren visto
yunai ciuando sepas de la lista de los paises por favor enmviamela por e mail es este genaro.galeto37@gmail.com te espeero chaoo
Los países que actualmente no requieren visa a los cubanos son los siguientes:
Del Continente Africano:
1.República de Botsuana: si viajan por un plazo de 90 días.
2.Guinea: si viajan por un plazo de 90 días.
3.Kenia: si viajan por un plazo de 90 días. Deben pagar 25 USD al llegar al territorio.
4.Namibia: si viajan por un plazo de 90 días.
5.Seychelles: si viajan por un plazo de 30 días.
6.Togo: si viajan por un plazo de 7 días.
7.Uganda: Visado es entregado al momento de llegada.
Del continente Americano:
1.Dominica: si viajan por un plazo de 28 días.
2.Ecuador: si viajan por un plazo de 90 días.
3.Granada: si viajan por un plazo de 60 días.
4.Haiti: si viajan por un plazo de 90 días.
5.San Cristóbal y Nieves: si viajan por un plazo de 30 días.
6.Santa Lucia: si viajan por un plazo de 45 días.
7.San Vicente y las Granadinas: si viajan por un plazo de 30 días.
Del continente Asiático:
1.Cambodia: si viajan por un plazo de 30 días. Deben pagar 20 USD al llegar al territorio.
2.Georgia: Visado entregado al llegar al país.
3.Kirguistán: si viajan por un plazo de 30 días. Deben pagar una tarifa de entre 40 USD hasta 100 USD llegar al territorio.
4.Laos: si viajan por un plazo de 30 días. Deben pagar 30 USD al llegar al territorio.
5.Malasia: si viajan por un plazo de 90 días.
6.Maldivas: si viajan por un plazo de 30 días.
7.Mongolia: si viajan por un plazo de 30 días.
8.Singapur: si viajan por un plazo de 30 días.
9.Timor Oriental: si viajan por un plazo de 30 días. Deben pagar 25 USD al llegar al territorio.
10.Indonesia: No requiere visa a los cubanos si viajan por un plazo de 30 dias. Deben pagar 10 USD al llegar al territorio.
Del continente Europeo:
1.Bielorrusia: si viajan por un plazo de 30 días.
2.Montenegro: si viajan por un plazo de 90 días.
3.Rusia: si viajan por un plazo de 30 días.
4.Serbia: si viajan por un plazo de 90 días.
Del continente de Oceanía
1.Islas Cook: si viajan por un plazo de 31 días.
2.Estados Federados de Micronesia: si viajan por un plazo de 30 días.
3.Niue: si viajan por un plazo de 30 días.
4.Palau: si viajan por un plazo de 30 días.
5.Samoa: si viajan por un plazo de 60 días.
6.Tuvalu: si viajan por un plazo de 30 días.
7.Vanuatu: si viajan por un plazo de 30 días.
Pingback: Si de Política Migratoria se trata…Más información #CUBA « Lente Latino-Americano
mira cuantos paises no le piden visa a los cubanos..que esperan? no hay camino..se hace camino al andar. yo sali por rusia y estoy en usa.